FERVA

Política Compliance

INTRODUCCIÓN

La presente política de prevención de delitos responde a la voluntad del Consejo Rector de Ferva, S.A.T. de alinearse con las mejores prácticas de Gobierno Corporativo en relación con el desarrollo de su sistema de gestión de Compliance Penal, teniendo en consideración los criterios expresados por los Tribunales y la Fiscalía General del Estado, así como de conformidad a lo dispuesto en nuestro Código Penal y a los estándares establecidos en la Norma UNE 19601 sobre Sistemas de Gestión de Compliance Penal.

Esta política viene a ratificar la voluntad de la Cooperativa de promover una conducta respetuosa tanto de las normas como de los valores éticos que marca la empresa, definiendo así su marco de principios de cumplimiento en materia penal.

Es por ello que la correcta implantación de la misma requiere del máximo compromiso del Consejo Rector, de la Gerencia y de todos los miembros de la Compañía para cumplir todas las disposiciones que la Empresa establezca en materia de cumplimiento normativo.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

La presente Política es de aplicación a todos los miembros que forman parte de Ferva, S.A.T. los cuales deberán cumplir con su contenido, independientemente del cargo que ocupen y del territorio en el que se encuentren.

Esta Política ha sido elaborada dentro del ámbito de aplicación de nuestro Sistema de Gestión de Compliance Penal, formando parte del mismo.

Esta política también es extensiva a los socios de la Cooperativa, así como a aquellas personas físicas o jurídicas que de forma directa o indirecta mantengan relación con Ferva, S.A.T.

Así mismo, esta Política es de aplicación a todas las actividades y negocios desarrollados por Ferva, S.A.T, tanto presentes como futuros.

Además de esta Política, la Cooperativa cuenta con un Sistema de Gestión de Compliance Penal que contiene el catálogo de riesgos concretos, asociados a los posibles escenarios de riesgo en los que puedan materializarse los delitos.

PRINCIPIOS GENERALES DE LA POLÍTICA COMPLIANCE

Los principios básicos que rigen esta política son: INTEGRIDAD, RESPONSABILIDAD Y LEGALIDAD en el comportamiento de los miembros de la empresa.

Desde el Órgano de Gobierno de Ferva, S.A.T. se prohíbe expresamente y no se permite bajo ninguna circunstancia la realización de actos u operaciones delictivas, ilícitas y/o contrarias a la ley o normativa interna de la empresa, ni su participación en las mismas, ni que se pretenda por ello obtener un beneficio personal o favorecer cualquier interés de Ferva, S.A.T.

Con la finalidad de promover la integridad y responsabilidad, nuestro Código de Conducta impone la obligación de informar, concienciar y formar sobre el riguroso cumplimiento de las normativas y estándares internos de la Empresa.

Nuestro Código de Conducta al igual que la presente Política forma parte integrante de nuestro Sistema de Gestión de Compliance Penal.

DELITOS Y PAUTAS DE CONDUCTA ESPERADAS

En nuestra Matriz de Riesgos Penales se resumen los tipos penales de los cuales Ferva, S.A.T. puede ser responsable penalmente. Es obligación de cada persona estar debidamente informada de las leyes y de su cumplimiento.

Nuestra Evaluación de riesgos penales nos permite conocer los riesgos a los que se enfrenta Ferva, S.A.T., de tal forma que podemos mitigar su materialización mediante la implantación de controles preventivos.

Hay que tener en cuenta que el beneficio obtenido por una actividad ilícita puede ser tanto directo como indirecto, debiendo extremar las precauciones sobre cualquier conducta, que, siendo ilícita, pueda terminar beneficiando a la Cooperativa. Igualmente, la persona jurídica responderá no solo por las acciones u omisiones consumadas en España sino también por lo sucedido en cualquier otro país, lo que obliga a mantenerse alerta ante conductas potencialmente delictivas según la normativa española que concurran en el extranjero.

NUESTRO ÓRGANO DE CUMPLIMIENTO

Ferva, S.A.T. tiene nombrado un Órgano de Cumplimiento/Compliance Officer de carácter unipersonal que tiene atribuidas funciones de prevención penal y que se encargará de dotar de efectividad a esta Política a través de la implementación de las diferentes medidas previstas en nuestro Sistema de Gestión de Compliance Penal.

Adicionalmente el Compliance Officer cuenta con apoyo de asesores externos, expertos en materia de Compliance.

Este órgano ha sido nombrado por el Consejo Rector, dotándole de poderes autónomos de iniciativa y control, así como de la máxima independencia posible para desarrollar sus cometidos. En consecuencia, el Compliance Officer goza del pleno apoyo del Consejo Rector, al que tiene acceso directo y se le confía la responsabilidad de supervisar el funcionamiento y observancia del Sistema de Gestión de Compliance Penal. En este sentido, está facultado para acceder tanto a los documentos de la Cooperativa como a los miembros de ésta que precise para el desarrollo de su función.

El Compliance Officer desempeña sus funciones de manera autónoma, sin precisar mandatos específicos para ello, y garantizando siempre la neutralidad y objetividad en sus decisiones.

Entre sus funciones en materia de prevención de delitos tiene asumidas las siguientes:

Dado que el cumplimiento de la Ley y el correcto funcionamiento de nuestro Sistema de Gestión de Compliance Penal compete a todos los miembros de la organización, éstos tienen la obligación de:

CONOCIMIENTO DE LA POLÍTICA

La presente Política se encuentra a disposición de todos los miembros de Ferva, S.A.T. Así mismo se solicitará una declaración de conocimiento y conformidad con la misma.

Igualmente esta Política se encuentra publicada en nuestra página web corporativa.

NUESTRO CANAL ÉTICO

Todos los miembros de Ferva, S.A.T. tienen la obligación de informar sobre comportamientos individuales, colectivos o actividades que concurren en el contexto de sus actividades en la Empresa y que puedan suponer una contravención del contenido de la presente Política y/o del resto de documentos que integran nuestro Sistema de Gestión de Compliance Penal, con independencia de que tales comportamientos hayan sido ordenados o solicitados por un superior.

Para el cumplimiento de dicho objetivo, Ferva, S.A.T. ha implantado un mecanismo de reporte de incumplimientos normativos, consultas, observaciones y/o denuncias, que podrán cursarse a través del Canal Ético disponible en la página web corporativa:

https://unicagroup.es/canaletico/004

Toda comunicación realizada será gestionada de conformidad con el procedimiento de gestión del canal ético, garantizando en todo momento la confidencialidad de las comunicaciones, así como la ausencia de represalias de cualquier tipo contra los informantes de buena fe.

CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO

De conformidad con lo establecido en nuestro Código de Conducta, así como en nuestro Sistema de Gestión de Compliance Penal, todos los sujetos afectados por esta Política tienen la obligación de cumplir con los principios y procedimientos establecidos en dichos documentos, en cuanto les sea de aplicación. Igualmente, a los efectos de velar por el correcto desarrollo del Sistema de Gestión de Compliance Penal, se les insta a que comuniquen cualquier contravención a los mismos, en los términos establecidos en el apartado anterior.

En caso de detectarse un incumplimiento de la normativa interna de Ferva, S.A.T., o de cualquier legislación aplicable, se actuará de forma inmediata, dando traslado de las conclusiones al Consejo Rector, a efectos de que adopten las medidas oportunas en cada caso.

Cuando el Compliance Officer investigue y confirme una contravención de lo indicado, elaborará un informe-propuesta de resolución que podrá incluir las medidas disciplinarias o contractuales proporcionadas al riesgo o daños causados.

Las medidas que se adopten en materia laboral serán de conformidad con la normativa de aplicación.

En el caso de que el incumplimiento fuera cometido por socios de negocio, se procederá a la resolución de la relación mercantil, dentro del marco previsto en la legislación vigente.

EVALUACIÓN, CONTROL Y SUPERVISIÓN

El Compliance Officer evaluará, al menos una vez al año, el cumplimiento y la eficacia de la Política, reportando de ello al Consejo Rector.

El Compliance Officer será el encargado de controlar y supervisar de forma continuada lo dispuesto en esta Política.

APROBACIÓN, MODIFICACIÓN, ACTUALIZACIÓN

La aprobación de la presente Política, así como sus futuras modificaciones son competencia del Consejo Rector de Ferva, S.A.T.

Esta Política habrá de mantenerse actualizada, para ello se revisará con una periodicidad anual. Procederá igualmente su revisión extraordinaria, cada vez que se produzcan variaciones en los objetivos estratégicos de la empresa o en la legislación de aplicación.

FICHA DEL DOCUMENTO
TITULO DEL DOCUMENTO/CÓDIGO POLÍTICA COMPLIANCE/ C.P.3
DESCRIPCIÓN Promoción y prevención de conductas delictivas.
REFERENCIAS Sistema de Gestión de Compliance Penal. Sistema Interno de Información.
FORMULARIOS No contiene.
DESTINATARIOS Todos los miembros de Ferva y partes interesadas.
VERSIÓN 00
CÓDIGO DOCUMENTO VERSIÓN FECHA MOTIVO
C.P.3 POLÍTICA COMPLIANCE 00 Noviembre 2024 IMPLANTACIÓN
Aprobado por Acuerdo del Consejo Rector de fecha 20 de diciembre de 2024.